Inspección
Izaje
Inspeccionamos todo elemento y equipo de izaje mediante control visual, dimensional y funcional. Detectamos deformaciones, usos incorrectos del sistema, desgastes, excesos de carga y falta de trazabilidad, entre otros.
Sumado a Ensayos No Destructivos (END), pruebas de carga, y el servicio de reparación y mantenimiento de equipos de izaje: aparejos, equipos tiracables, puentes grúa y carros de traslación, montacargas, entre otros.
Inspecciones
Por qué inspeccionar
La inspección no es opcional: es una obligación legal. En cumplimiento de la Ley de Higiene y Seguridad Laboral N° 19.587, realizamos las mismas con personal especializado y calificado.
Qué inspeccionamos
Aparejos manuales y eléctricos, puentes grúa, pescantes, cable de acero, grilletes, ganchos, cadenas, eslingas de cable de acero y fibra sintética, garras para izaje, equipos tiracable, malacates, salvacaídas, perchas de izaje, pórticos y más.
Ensayos no destructivos
Por qué realizar ensayos
Permiten evaluar la integridad de los equipos y componentes de izaje sin alterar sus propiedades físicas ni comprometer su utilidad. Son esenciales para evidenciar discontinuidades tales como: detectar fisuras, fatiga de materiales o defectos internos invisibles a simple vista.
Qué métodos aplicamos
Tintas penetrantes (LP – Líquidos Penetrantes). Realizados por inspectores calificados bajo normas internacionales.
Reparación y Mantenimiento
Por qué reparar con profesionales
El mantenimiento preventivo y correctivo asegura el funcionamiento óptimo de los equipos y prolonga su vida útil. Garantiza que las reparaciones cumplan con las especificaciones del fabricante y normativas de seguridad.
Qué servicios ofrecemos
Reemplazo de componentes (con desgastes, fisuras, deformaciones, roturas, fuera de normativa de fabricación, etc.), provisión y colocación de cables de acero, ganchos y cadenas, mantenimiento de aparejos, equipos tiracable, puentes grúa, montacargas, dispositivos retráctiles anticaídas, rescatadores, garras y carros de traslación, perchas y balancines, y pruebas de carga posterior a la reparación en casos aplicables.
Preguntas frecuentes
El Decreto 351/79 (Art. 116) establece que se debe realizar una revisión general trimestral por personal especializado. Por lo tanto, la vigencia del certificado es de 3 meses.
La legislación exige que los equipos de izaje sean inspeccionados de forma visual, dimensional y funcional en formato trimestral por personal especializado. Además, deben ser controlados diariamente por el operador antes de su uso.
Es una técnica que permite evaluar la integridad de una pieza sin dañarla ni inutilizarla. Permite detectar fisuras, discontinuidades, pérdida de espesor u otros defectos internos. Uno de los métodos más utilizados es el de Tintas Penetrantes (LP).
No en todos los casos. Un equipo comercial fabricado bajo norma debe contar con su documentación, identificación y capacidad de carga. En cambio, en estructuras o dispositivos especiales fabricados a medida (perchas, pórticos o plumas), la memoria de cálculo es fundamental para justificar su capacidad estructural.
Se entrega informe técnico, certificado de inspección, identificación y trazabilidad del equipo con acceso documental mediante código QR. Cuando corresponda, se anexan los resultados de pruebas de carga o ensayos END.
No necesariamente. La inspección consiste en controles visuales, dimensionales, funcionales y pruebas de carga previstas en el alcance. Reparaciones, lubricación, regulación o reemplazo de componentes corresponden a un servicio de mantenimiento o reparación separado.
Es una intervención programada realizada antes de que ocurra una falla, incluyendo controles, limpieza, lubricación, ajustes, regulación de frenos y mecanismos, y sustitución preventiva de componentes desgastados.
Es el límite técnico normativo a partir del cual un componente deja de considerarse seguro y debe retirarse de servicio. Puede estar determinado por desgaste, deformación, fisuras, corrosión, elongación o alambres rotos, según la norma o el fabricante.
Sí, si la observación no compromete la seguridad ni supera un criterio de descarte y el informe concluye expresamente que el equipo es satisfactorio. Una observación crítica, en cambio, exige retirar el equipo de servicio de inmediato.
En Argentina se aplica como marco legal la Ley 19.587 y el Decreto 351/79, complementados técnicamente por los estándares ASME B30: B30.2 (puentes grúa), B30.16 (aparejos), B30.9 (eslingas), B30.20 (dispositivos bajo gancho) y B30.26 (accesorios de izaje).
El Decreto 351/79 establece control diario por el operador y revisión general trimestral por personal especializado para aparatos de izar. Las normas ASME pueden exigir además controles periódicos según el servicio y severidad de uso.